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Después de la apelación de los abogados de los exministros Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco, con la que buscan revertir el envío de ambos a prisión por el caso de la UNGRD, la decisión final está en manos del mismo Tribunal Superior de Bogotá. Esto, desde una sala distinta a la de la magistrada Aura Alexandra Rosero, quien el jueves afirmó que la detención en una cárcel de los ex altos funcionarios del presidente Gustavo Petro es idónea y se ajusta a la ley.Según la jurista, se busca “evitar la rearticulación o que continúen las prácticas de direccionamiento contractual e interferencia relacional propia de esquemas de corrupción de compleja envergadura”.La medida fue cuestionada por Velasco, quien afirmó que la magistrada habría usado una tesis distinta a la de la Fiscalía para sustentar su orden, y que no está de acuerdo con la aseveración de que es un peligro para la sociedad. “No tengo las garantías, siento que usted estaba ordenando la teoría del caso, que en su momento no ordenó bien la Fiscalía. Mi lugar es este, dándoles la cara a los colombianos”, manifestó el exmininterior, quien resaltó que seguirá a disposición de las autoridades para demostrar que es inocente.Tribunal de Bogotá. Foto:Mauricio Moreno/El TiempoLa apelación, sin embargo, no frena la orden de que Velasco y Bonilla estén en prisión. El Tribunal de Bogotá deberá estudiar los argumentos de los defensores y definir si concede una domiciliaria, como lo pedían la Fiscalía y la Procuraduría, o ratifica lo dicho por Rosero.Distintos abogados y fuentes de la Rama Judicial advirtieron que la determinación se conocerá seguramente el próximo año, ya que hoy los funcionarios salen a vacancia judicial y entran en enero. El jueves, la Fiscalía respaldó la decisión de la magistrada Rosero y pidió que se confirme la medida intramural.Luis Fernando Velasco, Foto:Luis Fernando Velasco,La decisión de la magistrada de dictar una orden más estricta que la elevada por la Fiscalía generó polémica no solo en la audiencia, sino entre abogados penalistas. Laura Kamila Toro manifestó, por ejemplo, que lo adoptado por Rosero “no respeta adecuadamente las garantías procesales. La privación de la libertad en establecimiento intramural no era necesaria en este caso. En un sistema penal de partes no es usual ni deseable que cuando la Fiscalía solicita una medida de aseguramiento específica, el juez imponga una más gravosa”.Por su parte, el penalista Pedro Nel Escorcia manifestó que hubo un error de técnica jurídica de parte de la Fiscalía. “No pidió la domiciliaria como subsidiaria. Son delitos que tienen prohibición de domiciliaria. No hubo un justificante claro y expreso para que hubiese accedido a ella”, apuntó.mazo juez Foto:MAURICIO MORENOFuentes cercanas al mismo Tribunal explicaron que este tipo de decisiones que van más allá de lo pedido por la Fiscalía generan controversia, pero que cuando se han radicado tutelas para revertirlas, ninguna ha prosperado.Carlos López – Justicia – @JusticiaET – carben@eltiempo.com
