Para combatir el brote de fiebre amarilla que afecta varios departamentos con climas tropicales, el presidente Gustavo Petro se propuso vacunar a todos los colombianos en un plazo de dos meses. Para adquirir las vacunas, y en medio del apretón presupuestal del Gobierno, planteó utilizar las vigencias futuras de los proyectos 4G y 5G. Sobre esta idea, el contralor general, Carlos Hernán Rodríguez, aseguró que, aunque es “perfectamente legítimo modificar su perfil”, debe ser de común acuerdo entre quienes suscribieron los contratos.El Contralor aseguró que los recursos públicos que hacen parte del patrimonio autónomo de cada proyecto tienen una destinación específica que se fija en el contrato de concesión y no puede ser utilizada para otros fines. Hacerlo sin que las dos partes que acordantes den el visto bueno, expone al país a demandas ante un posible incumplimiento de lo acordado contractualmente.Para la Contraloría es “perfectamente legítima” la aspiración de modificar el perfil de aporte de vigencias futuras pactado para los contratos de concesión vial 4g y 5g -que son a los que se refiere el Presidente. Sin embargo, deja claro que este cambio debe surgir de “un acuerdo debidamente protocolizado entre las partes” a través de un otrosí o modificatorio que quede escrito en el contrato.Esta cláusula, a su vez, debe cumplir con los requisitos y aprobaciones del Conpes, Confir y el Departamento Nacional de Planeación, tal como se hizo en el trámite inicial que permitió la licitación y suscripción del contrato.”La Contraloría General de la República ha sido firme defensora de que cada una de las partes que suscriban un contrato de concesión —la Nación y un concesionario— está obligada a cumplir cabalmente con todo lo pactado y a asumir las consecuencias contractuales, fiscales, disciplinarias y/o penales, en caso de eventuales incumplimientos”, dijo Rodríguez.¿Qué son las vigencias futuras?Este es un mecanismo presupuestal que le permite a las entidades públicas suscribir contratos comprometiendo los recursos de años fiscales posteriores para financias proyectos o gastos que tienen un tiempo de ejecución mayor a un año.Por su naturaleza, todos los contratos de concesión vial de iniciativa pública -tanto de 4G como de 5G- suscritos por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) se financian mediante vigencias futuras. “En cada uno de estos contratos se fija el monto anual que debe aportar la Nación al patrimonio autónomo de cada subcuenta de aportes de la ANI, como parte de una obligación estipulada por contrato y asumida por la entidad.Si se incumple este compromiso —incluso por razones como la compra de vacunas contra la fiebre amarilla— el patrimonio público podría verse seriamente afectado.”Se podría configurar un presunto incumplimiento contractual y generarse el pago de intereses moratorios y remuneratorios no contemplados en la estructuración financiera del proyecto”, advirtió el contralor.La cabeza del ente de control subrayó que los aportes de vigencias futuras no están condicionados al estado o avance de las obras. “En caso de atrasos o incumplimientos por parte del concesionario, es el mismo contrato el que establece las medidas sancionatorias correspondientes”, anotó. Es decir, no le corresponde al Estado suspender los pagos.“Con esto, llamo firmemente la atención sobre el hecho de que existen normas presupuestales y legales que deben respetarse estrictamente ante cualquier intento de modificación de estos compromisos”, concluyó Rodríguez.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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