De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo (LFT), los trabajadores tienen derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a quince días de salario como mínimo, que debe ser entregado por la empresa o empleador antes del 20 de diciembre.
Por otro lado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) destaca que quienes no hayan cumplido un año laborando, sólo recibirían la parte proporcional al tiempo que llevan prestando sus servicios en un determinado trabajo.
El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores de base, de planta, de confianza, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro o vendedores, además es independiente de otras prestaciones con las que cuente una persona en su empleo actual. Noticias Relacionadas
En caso de tener alguna duda sobre este derecho, la Profedet llama a los trabajadores a acudir a sus oficinas ubicadas en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México o con los procuradores que hay en los estados de la República Mexicana, cuya ubicación se puede consultar en este link: bit.ly/OFICINAPROFEDET o en el teléfono 079.
Debes recibirlo antes del 20 de diciembre | DOF
¿Qué trabajadores recibirá 40 días de aguinaldo?
En los primeros días de noviembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto firmado por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, en el que se establecen las distintas disposiciones para otorgar 40 días de aguinaldo a algunos trabajadores en el país.
Este beneficio es sólo para trabajadores del Estado, es decir, servidores públicos que trabajan en las diversas secretarías del Gobierno de México, personal operativo y de confianza, personal de enlace y mando, militares activos, personas físicas por honorarios, pensionistas y deudos.
Por su parte, aquellas personas físicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal o a las que se cubran percepciones por cualquier concepto no previsto en el artículo Quinto del decreto o en los lineamientos y normativa a que se refiere ese precepto y el persona a que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las entidades federativas, no tienen derecho al aguinaldo de 40 días, así lo señala el Artículo Octavo.
Trabajadores que recibirán 40 días de aguinaldo | DOF
